¿Eres de los que no quiere ni oír hablar de hacer testamento porque te da pavor o eres de los que le dan vueltas y vueltas al tema y quiere dejar “sus cosas” bien organizadas para cuando falte?
Si eres de los segundos este post es para ti, pues es posible planificar tu herencia de forma que tus herederos paguen menos impuestos, pero para ello hay que acudir a un profesional entendido en la materia y explicarle nuestra situación concreta.
Tras el fallecimiento de una persona se abonan varios impuestos, entre otros el impuesto de sucesiones y, si hay bienes inmuebles urbanos (pisos, locales, garajes, trasteros), el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (la famosa plusvalía municipal).
Como a estas alturas todo el mundo sabe, el impuesto de sucesiones tiene un tratamiento diferente en cada comunidad autónoma por lo que en función de dónde tuviera el fallecido su residencia habitual (no su domicilio, pues son cosas distintas) se pagará más o menos (mucha gente cree que el impuesto de sucesiones se paga en función de la normativa del lugar correspondiente al domicilio del heredero pero esto no es correcto).
Si nos ceñimos al caso de Asturias en estos momentos están exentos del pago del impuesto (aunque hay obligación de presentar la liquidación) los descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes que heredan cuando la base imponible del impuesto (lo que hereda cada uno de los herederos) es inferior a 300.000 € siempre que su patrimonio preexistente (el patrimonio que tenía el heredero antes del fallecimiento de su causante) sea inferior a 402.678,11 €.
Si se supera esa cantidad o bien el parentesco con el fallecido es diferente (es un hermano, sobrino, primo o una persona ajena a la familia, por ejemplo) ya no estaría exento pero se pueden aplicar una serie de reducciones en algunos casos en función del parentesco. Además se pueden aplicar reducciones por heredar la vivienda habitual, una empresa, un negocio profesional o una participación en empresa siempre que se cumplan ciertos requisitos. También son muy importantes las reducciones por minusvalía del heredero.
Por esta razón es importante, si queremos planificar nuestra herencia, valorar los bienes que tenemos en estos momentos y calcular aproximadamente cuánto heredarán nuestros herederos y cuánto les corresponderá abonar (teniendo en cuenta, claro está, que la legislación puede cambiar en los próximos años) para poder estudiar la mejor forma de hacer nuestro testamento respetando la existencia de herederos forzosos si los hubiera y distribuir la herencia de forma que nuestros herederos paguen lo menos posible.
¡Espero que os haya interesado y que los más previsores actuéis en consecuencia!